La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió que el Ministerio de Justicia “no puede devolver a Italia a los solicitantes de asilo que, en realidad, deberían ser devueltos sobre la base del Reglamento Europeo de Dublín” y argumentó que las autoridades italianas “no ofrecen refugio” a estas personas por la falta de instalaciones de acogida.
“Y sin alojamiento, existe un riesgo real de que no puedan satisfacer sus necesidades básicas más importantes, como techo, comida y agua corriente. Esto es contrario a los derechos humanos”, concluyó la sala, que pide así al Gobierno ocuparse de las solicitudes de asilo que Italia debería tramitar porque es el país de primera entrada a Europa de los refugiados denunciantes.
Estos casos son de un hombre de nacionalidad nigeriana, que solicitó asilo tres veces en Italia y una cuarta en Países Bajos, y otro de Eritrea, que entró a Europa a través de Italia, pero no solicitó asilo allí. El Ministerio de Justicia no aceptaba hasta ahora las solicitudes de asilo de estos dos hombres y los quería trasladar de vuelta a Italia.
Ambos denunciaron la intención de Países Bajos de devolverlos a Italia, adonde dicen no querer regresar porque, aseguran, la situación allí es “una violación de los derechos humanos”.
Desde diciembre pasado, las autoridades italianas han indicado en varias ocasiones que el traslado de solicitantes de asilo en virtud del Reglamento de Dublín debería suspenderse temporalmente debido a la falta de instalaciones de acogida en Italia, y, por el momento, no es posible determinar cuándo se resolverán estos problemas.