Wanda MéndezSanto Domingo, RD
La entrada ilegal al territorio dominicano no constituye una causa de rechazo a un pedido de refugio, siempre que el solicitante reúna las condiciones para ostentar la condición de refugiado en la normativa sobre la materia.
Así lo dispone el Reglamento de la Comisión Nacional para los Refugiados en la República Dominicana, el cual establece que el extranjero que ingrese ilegalmente al país para pedir refugio deberá presentarse ante las autoridades competentes en un plazo no mayor de 15 días.
El reglamento para refugiados, instituido mediante el decreto 2330, del 10 de septiembre del 1984, define la condición de refugiado y contempla el procedimiento y prerrogativas que se confieren a esos ciudadanos. El refugiado es la persona que se ha visto obligada a abandonar su país de origen o de residencia habitual por situaciones comprobables de persecución por motivos de su raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a determinado grupo social, según lo define la agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en su página web y los instrumentos internacionales y nacionales sobre la materia.
En la Constitución dominicana se consagra el derecho de los extranjeros a solicitar asilo en territorio nacional cuando se sientan perseguidas en su país de origen por motivos políticos.
Entre los delitos políticos excluidos para el refutio, según el artículo 46.2 de la Constitución, están la corrupción administrativa, terrorismo, crímenes contra la humanidad y los ilícitos.
Una vez que se encuentran en esta condición, la Carta Magna manda a que se les garantice el ejercicio pleno de los derechos que le reconozcan los convenios internacionales suscritos por el país.
Tramites y evaluación
El interesado en ser reconocido como refugiado debe hacer la solicitar a la autoridades de la Dirección General de Migración en las fronteras, puertos, aeropuertos o en la capital, Santo Domingo, según señala el artículo 7 del reglamento.
La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) es la responsable del estudio de las solicitudes, la cual fue instituida mediante el decreto 1569, del 15 de noviembre de 1983 para la aplicación de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados del año 1951 y su protocolo del año 1967, de la cual es signataria la República Dominicana.
La CONARE está presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la integran el Ministerio de Trabajo, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, la Procuraduría General de la República, la Dirección General de Migración (DGM), el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y la Policía Nacional. Cuenta con una oficina adscrita a la DGM para todo el proceso sobre los refugiados.
Por autorización de CONARE, Migración debe expedir un carnet a los refugiados que acredite su condición y un documento de viaje que dispone la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Este carnet tiene una duración de un año y podrá ser renovado.
El reglamento prevé la expulsión de un refugiado por razones de seguridad nacional o para el mantenimiento del orden público, pero deberá informarse previamente al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
“Ningún refugiado podrá ser puesto en las fronteras, por expulsión o devolución, de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o de sus opiniones políticas”, indica la normativa.
Tampoco permite que el refugiado invoque esos beneficios “cuando por razones fundadas sea considerado peligroso para la seguridad del país o que, habiendo sido objeto de una condena definitiva por delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad nacional”.
Pedido de refugio
Esta semana pidieron refugio al gobierno dominicano el exalcalde de la capital, Puerto Príncipe, Chevry Youry Ralph, el exgobernador de la ciudad de Sacalasou, Werson Pierre, y los oficiales de la Policía haitiana, Antonine Maquendy y Wiquensont Despine, al verse obligados a huir después que fueron acusados de organizar un intento de golpe de Estado en contra del presidente Jovenel Moise
Conforme a la información publicada por Listín Diario, los inmigrantes haitianos fueron apresados el lunes en la noche por miembros del Ejército en el punto de control fronterizo del distrito municipal de Santiago de la Cruz en Dajabón.
El pasado martes, el Ministerio de Defensa (MIDE) informó que fueron detenidos cuando intentaron entrar a territorio dominicano de manera irregular, al no contar con la debida documentación.
Fuente: listindiario