- Piden extender esta condición a cónyuge, hijos y parientes de quien solicite este recurso.
Con el objetivo de proteger la unidad familiar de las personas refugiadas, el senador Roberto Juan Moya Clemente propuso adicionar el artículo 54 bis de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.
El legislador de Acción Nacional señaló que este ordenamiento establece dos mecanismos de protección a las familias de personas refugiadas: la reunión familiar y el reconocimiento por extensión.
Moya Clemente explicó que para ser reconocidos como “refugiados por extensión o estatuto derivado”, la Ley los obliga a separarse, por lo que tienen que regresar a su país de origen en espera del trámite del procedimiento de reunificación, lo que destruye la unidad familiar.
La propuesta busca extender la condición de persona refugiada al cónyuge, hijos, parientes consanguíneos hasta el primer grado, que dependan económicamente del solicitante principal de la condición de refugiado.
Lo anterior, incluso cuando arriben al territorio nacional con posterioridad a que la persona ha sido reconocida como refugiada y a su reconocimiento. Se precisa en el proyecto que se analizará en las comisiones unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios, y de Estudios Legislativos, Segunda.
El senador panista destacó que la legislación debe ser capaz de proteger la unidad de los familiares de las personas refugiadas, sin importar el momento en el que ingresaron al país.
Resaltó que se trata de un tema sustancial de derecho humanitario, pues vela por los intereses de las personas que se ven separadas del núcleo familiar, al buscar la protección de un país distinto a su nación de origen.
Fuente: comunicación. Senado. Gobierno de México