En una carta entregada al Servicio Nacional de Migraciones señalaron que el acceso actual al visado temporal por razones humanitarias para mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o de género, deja a muchas de ellas sin protección real, contradiciendo así las obligaciones internacionales del Estado de Chile.
Por Opazo
La misiva menciona distintos instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos que Chile ha suscrito, y sustenta su preocupación en el acceso actual al visado temporal por razones humanitarias para mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o de violencia de género, regulado en el artículo 38 y siguientes del Decreto 177 de 2022.
«Este establece que sea accesible solo una vez que la calidad de víctima haya sido acreditada por un tribunal de familia, Ministerio Público o tribunal que tenga a su cargo el asunto (que será de competencia penal). Pese a que entendemos que puede haber buenos motivos para la acreditación de la calidad de víctima por los organismos señalados, lo cierto es que ello deja sin protección a muchas mujeres sobrevivientes de VBG y, además, contradice las obligaciones internacionales que Chile ha suscrito», afirman las consejeras.
La carta fue firmada por Francisca Vargas Rivas (Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados Universidad Diego Portales), Jenniffer Piña (Brigada Migrante Feminista), Lorena Zambrano (Red Nacional de Organizaciones Migrantes y Promigrantes), y María Rocio Menanteux (Ong Marqay), consejeras integrantes del Cosoc, y cuenta con el respaldo de otros consejeros, y distintas organizaciones de la sociedad civil.
«En el caso de las mujeres en movilidad humana, el acceso a regularización migratoria es esencial, pues eso permite salvaguardar muchas situaciones que de por sí son violentas o están ligadas a la violencia, y procurar la autonomía progresiva», explicó Jennifer Piña.
En esa línea, la dirigenta manifestó que como organizaciones también fijan su posición para las visas por motivos humanitarios.
«Hemos venido denunciando la falta de efectividad para el otorgamiento de las visas por violencia de género para mujeres y disidencias sexo-genéricas migrantes, y dimos argumentos jurídicos, que Chile ha ratificado, mencionando medidas en las que los Estados deben adecuar sus políticas públicas, para proteger la vida de las mujeres», planteó.
Algunas de las referencias que se incluyeron en la misiva son: la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 19 de septiembre de 2016; la Observación General Nº 2 del Comité de Trabajadores Migratorios que indica en su apartado II, letra C sobre la protección de los derechos civiles y políticos (Parte III) respecto a la protección contra la violencia; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém do Pará, ratificada por Chile.
Fuente: elciudadano.